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18 ene 2017

CYGBA les acerca pasos para contratar personal en realción de dependencia

CYGBA les acerca pasos
para contratar personal
en realción de dependencia
en consorcios


Hoy Administración CYGBA les acerca que tener en cuenta al momento de contratar personal en los consorcios.

Para todo consorcio que pretenda contratar personal en relación de dependencia es requisito contar con la CLAVE UNICA de IDENTIFICACION TRIBUTARIA (C.U.I.T.) y estar dado de alta en el Régimen de Empleadores.


PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE CUIT

Administración CYGBA te recuerda que mediante la DDJJ del aplicativo "Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas".que opera bajo SIAP, se solicita información relacionada con:
- Datos identificatorios: denominación social, domicilio legal y otros datos vinculados.
- Datos sobre los integrantes del ente: autoridades, participaciones o socios (consignar los datos del administrador y de 2 propietarios) 
- Datos de carácter comercial: actividades, consignar “no clasificado ”-
- Emitir el formulario Nº 420/J.
El archivo generado por el aplicativo, deberá ser transferido con Clave Fiscal: utilizando el servicio "Presentación de Declaración juradas y Pagos" – o con Clave Bancaria: ingresando a www.linkpagos.com.ar, www.pagomiscuentas.com, www.interbanking.com.ar o mediante las páginas de los bancos habilitados.

Imprimir 2 copias del acuse de recibo
Una vez obtenida la constancia de aceptación del trámite y dentro de los 30 días corridos, se debe concurrir a la agencia AFIP que corresponda al domicilio del inmueble, con los siguientes elementos: 
a) El formulario F 420/J generado por el Programa Aplicativo.
b) El acuse de recibo de la presentación efectuada vía internet.
c) La impresión de la "aceptación del trámite“ para lo que es necesario que el administrador habilite “ ventanilla” . Si se detectan inconsistencias deben subsanarse con otra solicitud.
d) Además debe aportarse
* El Reglamento de Copropiedad [en Administración CYGBA se encuentra publicado en el sitio web que tenemos para cada consorcio, si Usted es un propietario CYGBA ingresando a www.administracioncygba.com.ar o ingresando a www.cygbasrl.com.ar puede consulta el suyo],
* Acta de designación del Administrador (acreditación de personería como representante legal), fotocopia de su DNI y 2 constancias que acrediten el domicilio denunciado, firmadas por quien realice el trámite, y certificadas por escribano, banco, juez de paz, o policía. [Estas documentaciones también se encuentran publicadas en www.administracioncygba.com.ar o ingresando a www.cygbasrl.com.ar]
Si la documentación respaldatoria es presentada por otra persona se requiere un F 3283, firmado por el representante legal del consorcio, cuya firma debe estar también certificada.
Registrar, en la agencia AFIP, los datos biométricos (firma, foto, y huella dactilar) del administrador de clave y escaneo de su DNI.
Se obtendrá el duplicado del F.420/J, intervenido por la agencia, con su número de CUIT y la constancia del tramite de Clave Fiscal del administrador de relaciones ( nivel de seguridad 3).
A los administradores de consorcios les corresponde el código de actividad económica 682010 y a los consorcios de propietarios el 949920.
Luego deberán confirmar la Inscripción por Internet: Ingresar con Clave Fiscal a los servicios
1-Aceptación de datos biométricos, para confirmar su firma y foto.
2-Sistema Registral, para : Informar la/s actividad/es desarrollada/s: opción Registro Tributario - Actividades Económicas / Alta de impuestos y/o regímenes: opción Registro Tributario - 420/T Alta de Impuestos o Regímenes -y allí solicitar el alta en el régimen de empleador y de ser necesario, el de retenciones de la seguridad social.

Al terminar, imprimir acuse de recibo como constancia de recepción de la solicitud y finalmente se podrá emitir la constancia de inscripción .

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