La administración CYGBA te recomienda leer lo siguiente
Libro de Control de Seguridad Edilicia
Importante: Según la Disposición 1809 el este libro es reemplazado por el Libro de Datos y Declaraciones Juradas.
El Libro de Control de Seguridad Edilicia rige a partir de Marzo de 2011.
Es un libro dispuesto por la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor dependiente del GCBA a través de la Disposición 411/11, en el cual se verá reflejado el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales (O.M. Nº 40473, O.M. Nº 33.677, O.M. 36352, O. M. Nº 45593, O.M.N° 41768, Resolución N°6 /APRA/11, Disposición 2614/DGDYPC, Leyes y Decretos (Decreto 2045/93, Ley 257/99, Ley 161/99) vigentes que establecen las diversasobligaciones para la protección y mantenimiento del edificio, en lo referido a:
Es un libro dispuesto por la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor dependiente del GCBA a través de la Disposición 411/11, en el cual se verá reflejado el cumplimiento de las Ordenanzas Municipales (O.M. Nº 40473, O.M. Nº 33.677, O.M. 36352, O. M. Nº 45593, O.M.N° 41768, Resolución N°6 /APRA/11, Disposición 2614/DGDYPC, Leyes y Decretos (Decreto 2045/93, Ley 257/99, Ley 161/99) vigentes que establecen las diversasobligaciones para la protección y mantenimiento del edificio, en lo referido a:
- Matafuegos
- Señalización de salidas de emergencia
- Semáforo lumínico y sonoro
- Puesta a tierra
- Calderas
- Limpieza de tanques, análisis bacteriológico y certificado CLDTAP
- Estado de conservación de tanques de agua
- Control de plagas
- Estado de conservación de ascensores
- Conservación de fachada
- Medidas de protección contra incendio
Obligatoriedad del Libro de Control de Seguridad Edilicia
Es OBLIGATORIO para todos los Inmuebles que consten de más de una unidad de vivienda en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se encuentren afectados al régimen de Propiedad Horizontal (Ley 13512).
El Libro de Control deberá constar de apertura del Libro de Control de Seguridad Edilicia ante escribano público asentando el inmueble de que se trate, el uso que se le dará al mismo, la fecha de apertura, el nombre y la cantidad de folios. A partir del folio N° 5 deberá llevar pre-impreso el diseño establecido en el Anexo I.
El cumplimiento de dichas Ordenanzas Municipales, Leyes, Códigos de Edificación, Decretos y Normas vigentes será constatado por Ingenieros, Licenciados en Seguridad e Higiene o Técnicos matriculados por resolución 313/83 del MTSS.
El Libro de Control deberá constar de apertura del Libro de Control de Seguridad Edilicia ante escribano público asentando el inmueble de que se trate, el uso que se le dará al mismo, la fecha de apertura, el nombre y la cantidad de folios. A partir del folio N° 5 deberá llevar pre-impreso el diseño establecido en el Anexo I.
El cumplimiento de dichas Ordenanzas Municipales, Leyes, Códigos de Edificación, Decretos y Normas vigentes será constatado por Ingenieros, Licenciados en Seguridad e Higiene o Técnicos matriculados por resolución 313/83 del MTSS.
Certificación de Edificio Seguro
En aquellos Consorcios donde han sido debidamente cumplimentadas, el profesional emitirá el CERTIFICADO DE EDIFICIO SEGURO semestralmente.
En caso contrario, informará sobre el estado de las instalaciones y realizará un informe a los fines de que el Consorcio proceda a solucionar las infracciones encontradas para obtener la Certificación de Edificio Seguro.
El plazo máximo para efectuar las medidas correctivas es de 180 días, a partir del informe inicial.
En el Libro de Seguridad Edilicia se asentarán el primer informe y las posteriores fiscalizaciones realizadas al Consorcio por el profesional contratado.
En caso contrario, informará sobre el estado de las instalaciones y realizará un informe a los fines de que el Consorcio proceda a solucionar las infracciones encontradas para obtener la Certificación de Edificio Seguro.
El plazo máximo para efectuar las medidas correctivas es de 180 días, a partir del informe inicial.
En el Libro de Seguridad Edilicia se asentarán el primer informe y las posteriores fiscalizaciones realizadas al Consorcio por el profesional contratado.
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