Seguidores

2 feb 2017

CYGBA: Cómo se negocia un convenio colectivo de encargado

CYGBA te comenta alguno de los deberes de los administradores de consorcio

La nueva ley agrega que el administrador debe depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios, salvo disposición contraria de la Asamblea de propietarios.
En caso de juicios con sentencia favorable al Consorcio de Propietarios, el administrador debe depositar en la cuenta bancaria del Consorcio los montos totales percibidos dentro de los dos (2) días hábiles desde su recepción.
Además, debe someter su gestión de administración de consorcio cuando la Asamblea respectiva lo disponga, a audítoria contable realizada por Profesional de Ciencias Económicas y/o a auditoría legal a cargo de un Profesional del Derecho.

OPINE CON CYGBA, encuentre más notas interesantes en www.cygbasrl.com.ar y también en administración CYGBAwww.administracioncygba.com.ar

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por opinar con CYGBA. En breve se efectivizará su comentario